DECLARACIÓN INSTITUCIONAL CON MOTIVO DEL ORGULLO LGTBIQ

La FEMP insta a los Gobiernos Locales a sumarse a las voces que claman por la libertad y la igualdad

Los derechos de las personas LGTBI están protegidos con arreglo a la legislación internacional sobre derechos humanos en vigor, aunque se precisan a menudo medidas concretas para garantizar que las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales (LGTBI) disfruten plenamente de los derechos humanos. Las personas LGTBI tienen los mismos derechos que todas las demás; no se crean nuevos derechos humanos para ellas ni ninguno de ellos tiene que negárseles.”

Directrices para promover y proteger el disfrute de todos los derechos humanos por parte de las personas  lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales (LGTBI) Consejo de la Unión Europea- 24 de junio e 2013.

El 6 de diciembre de 1978, el pueblo español ratificaba en referéndum la Constitución Española y marcaba el inicio de una nueva etapa de nuestra historia en la que los poderes públicos deben promover las condiciones para que la libertad y la igualdad individual sea real y efectiva facilitando la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

20 días después, el 26 de diciembre de 1978, se eliminaba el delito de homosexualidad incluido en la Ley 16/1970, de 4 de agosto, de Peligrosidad y Rehabilitación Social que reconocía como “[…] supuestos del estado peligroso […] los vagos habituales, los rufianes y proxenetas […] y los que realicen actos de homosexualidad” (art. 2.3) y que establecía penas que iban desde multas hasta cinco años de internamiento en cárceles o centros psiquiátricos para su «rehabilitación».

Con su publicación en el BOE de 11 de enero de 1979, hace 40 años, cesaba la ilegalidad de la homosexualidad en España. Un mes después, en febrero de 1979, las personas encarceladas por su condición sexual y de género salían de las cárceles y se ponía fin a décadas de desprecio, humillación, encarcelamiento y criminalización. A pesar de ello, las personas LGTBIQ continuaron siendo perseguidas con la figura de la Ley de Escándalo Público, modificada en 1983 y derogada en 1989.

Con este recuerdo, la FEMP se adhiere, un año más, a la conmemoración del Día Internacional del Orgullo LGTBIQ renovando el compromiso de las Administraciones locales con la igualdad de trato y de oportunidades, reconociendo la determinante contribución que la Constitución Española ha supuesto para la convivencia, la cohesión social y el avance de nuestra sociedad y subrayando los progresos que se han alcanzado, a lo largo de estos últimos 40 años, en favor de la normalización social de quienes tienen una orientación sexual distinta de la mayoritaria y/o se identifican y expresan con otro género distinto al que socialmente se les adjudica.

Así, a lo largo de los últimos 40 años, los ayuntamientos españoles han hecho de la igualdad y la no discriminación uno de sus ámbitos de actuación prioritarios realizando esfuerzos para desarrollar medidas que atiendan a las necesidades reales de todas las personas, promoviendo acciones de respeto, reconociendo los derechos fundamentales como tales e impulsando la protección plena frente a la discriminación.

Es, en el ámbito municipal, donde los gobiernos locales dan la mano a la ciudadanía y facilitan herramientas de sensibilización y educación con el fin de erradicar de nuestra sociedad cualquier tipo de manifestación contra las personas LGTBIQ tanto en el ámbito familiar, como en el escolar, laboral, social, cultural, económico y político.

Por todo ello, los Gobiernos Locales reunidos en la FEMP:

  • Invitamos a todas las Entidades Locales a adherirse a esta Declaración y nos sumamos a todas las voces que claman por un futuro en igualdad de todas las personas al margen de su identidad sexual y/o de género y de su orientación sexual.
  • Manifestamos nuestro compromiso con el principio de la universalidad de los derechos humanos y rechazamos cualquier apelación a valores ideológicos, culturales, tradicionales o religiosos para justificar cualquier tipo de discriminación.
  • Condenamos enérgicamente cualquier forma de violencia, incluyendo tanto la violencia física como la verbal, la humillación y el menosprecio que tenga en su origen la orientación sexual y la identidad de género.
  • Reclamamos la elaboración y aplicación de una política europea plurianual de protección de los derechos fundamentales de las personas LGTBIQ que preste especial atención a la discriminación múltiple y a la violencia cuyo origen se encuentra en la orientación sexual y en la identidad de género.
  • Reclamamos, en línea con las diferentes Resoluciones aprobadas en el seno del Parlamento Europeo, la necesidad de contar con mecanismos formales de recopilación regular de datos pertinentes y comparables sobre la situación de las personas LGTBIQ y de la violencia que sufren con el objetivo de realizar un diagnóstico de la situación en nuestro país que nos permita identificar las necesidades reales hacia la que debemos orientar nuestras políticas.
  • Reconocemos la contribución, el trabajo y el esfuerzo que han realizado y que continúan realizando las organizaciones del tercer sector que trabajan en pro de la igualdad, en defensa de los derechos humanos y en la promoción y protección de los derechos fundamentales de las personas LGTBIQ.
  • Ratificamos la necesidad de invertir en políticas en favor de la diversidad sexual y la no discriminación de las personas por su orientación sexual o identidad de género a través del desarrollo de programas y proyectos de atención, información, formación, sensibilización y concienciación, que hagan de nuestras ciudades y pueblos espacios seguros para la diversidad sexual en todas sus manifestaciones.
  • Afirmamos que no son posibles las políticas de igualdad sin los Ayuntamientos y reivindicamos la necesidad de dotar a las Entidades Locales de financiación suficiente para llevar a cabo las competencias en esta materia que nos permitan asegurar la implementación adecuada de todas las iniciativas necesarias para garantizar la igualdad efectiva de las personas en todos los municipios españoles.