Conselleria de Educación, Cultura y Deporte

RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2023, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan para 2023 las subvenciones para la catalogación de bienes inmuebles de piedra en seco, así como para promover la recuperación, mantenimiento, conservación y protección de la arquitectura de la piedra en seco en nuestro territorio

https://dogv.gva.es/datos/2023/02/27/pdf/2023_1781.pdf

Las solicitudes de subvención se podrán presentar únicamente en el caso de las personas jurídicas, y preferentemente para las personas físicas, de forma telemática, y se formalizarán según los modelos que figuran en la dirección de internet: https://cutt.ly/2yVVZhQ.

 

Las modalidades de ayuda objeto de la presente convocatoria son las siguientes (podrán presentar una solicitud para cada una de las modalidades):

  1. a) Catalogación de estas construcciones.
  2. b) Trabajos de restauración y conservación preventiva que sirvan a su mantenimiento

Plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días, a contar desde el día siguiente de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

 

RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2023, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan para el 2023 las subvenciones para la elaboración de la sección de patrimonio cultural de catálogos de protecciones y la redacción de planes especiales de protección y de planes directores para intervención en bienes de interés cultural de la Comunitat Valenciana.

https://dogv.gva.es/datos/2023/02/28/pdf/2023_1878.pdf

Se establecen tres programas (solo podrá presentar una única solicitud, referida a uno de los tres programas):

Programa 1: subvenciones para la elaboración y redacción de la sección de patrimonio cultural de catálogos de protecciones

Programa 2: subvenciones para la elaboración y redacción de planes especiales de protección

Programa 3: subvenciones para la elaboración y redacción de planes directores

Plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días, a contar desde el día siguiente de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Las solicitudes las cumplimentará la persona que represente a la entidad solicitante, exclusivamente mediante el acceso al apartado de servicios en línea, de la sede electrónica de la Generalitat, accesible a través de la siguiente dirección: https://cutt.ly/krMgjzu